A continuación se recogen cuestiones de consulta recurrente:
Para presentar la solicitud de las plazas de comercial me surge una duda: tengo que adjuntar el título de Graduado Escolar y no sé dónde lo tengo. ¿Puedo aportar otro título de estudios superiores junto a la solicitud?
Las bases establecen la titulación mínima para acceder a la convocatoria, por lo tanto, cualquier titulación superior será válida.
Por un lado, constatar que según el punto 7.4.2.1 "Experiencia Profesional" de las bases (páginas 11 y 12), se tendrán en cuenta los servicios prestados en el mismo puesto como Auxiliar Administrativo, SÓLO en este SECTOR ELÉCTRICO. Por lo que los puestos públicos y privados en la misma categoría, pero en distinto sector, no se tendrían en cuenta.
Sin embargo, no hay un apartado donde poner las Titulaciones académicas oficiales iguales o superiores a la requerida para el Acceso al Cuerpo o escala correspondiente del apartado b) del punto 7.4.2.2. Formación y Méritos Académicos de las bases (al final de la página 13).
Por último, saber dónde o en qué ley puedo encontrar el temario de la parte específica del puesto de Auxiliar Administrativo de Atención Comercial que se refleja en el Anexo IV TEMARIOS de las bases (mitad de la página 20). Al menos una orientación y/o aproximación.
Las bases de las convocatorias establecen en el epígrafe de Formación y méritos académicos dos apartados: a) Cursos de formación recibidos o impartidos, y b) Titulaciones académicas oficiales. En el documento de autobaremación aparecen dos apartados, 2.2 y 2.3:
Por lo tanto, en el apartado 2.2 Cursos de formación y perfeccionamiento se incluirán los cursos de formación recibidos.
En el apartado 2.2 Méritos a valorar (continuación), se incluirán las titulaciones académicas oficiales iguales o superiores a la requerida para el acceso. En ningún caso serán objeto de valoración como mérito aquellos utilizados para cumplir alguno de los requisitos de acceso a la categoría objeto de la convocatoria.
En el apartado 2.3 se relacionarían, en su caso, únicamente los cursos impartidos por el aspirante.
Respecto del contenido del temario recomendamos se dirija a algún centro de formación especializado así como a la normativa vigente sobre distribución y comercialización del sector eléctrico español.
En el documento de autobaremación del proceso selectivo hay un apartado que no me queda claro cómo habría que rellenar. En concreto, en el punto 2.2 podemos ver lo siguiente:
Al leer las bases, aparece que esta parte habría un total de 4 puntos, divididos en dos subapartados, hasta 3 puntos por cursos (impartidos u homologados por instituciones públicas, es decir, cursos recibidos) y hasta 1 punto por formación (incluyéndose títulos universitarios, etc.)
Me gustaría por tanto saber, dentro del modelo de autobaremación en que parte cumplimentar cada uno.
Las bases de las convocatorias establecen en el epígrafe de Formación y méritos académicos dos apartados: a) Cursos de formación recibidos o impartidos, y b) Titulaciones académicas oficiales. En el documento de autobaremación aparecen dos apartados, 2.2 y 2.3:
Por lo tanto, en el apartado 2.2 Cursos de formación y perfeccionamiento se incluirán los cursos de formación recibidos.
En el apartado 2.2 Méritos a valorar (continuación), se incluirán las titulaciones académicas oficiales iguales o superiores a la requerida para el acceso. En ningún caso serán objeto de valoración como mérito aquellos utilizados para cumplir alguno de los requisitos de acceso a la categoría objeto de la convocatoria.
En el apartado 2.3 se relacionarían, en su caso, únicamente los cursos impartidos por el aspirante.