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Eléctrica de Cádiz informa a sus clientes de la obligatoria regulación del suplemento autonómico de 2013 por sentencia judicial

El importe del suplemento para clientes domésticos no suele superar la cantidad de un euro, que sólo se aplicará una única vez, subsanando el cobro del suplemento territorial correspondiente a 2013.

La Comercializadora Eléctrica de Cádiz está remitiendo a sus clientes una comunicación relativa a la aplicación de la regularización del suplemento por tributos autonómicos de la Comunidad Autónoma del año 2013, según indica la orden TEC/271/2019, de 6 de marzo publicada en el BOE del 12 de marzo de 2019. 

En la orden de peajes eléctricos se recoge el derecho de las comunidades autónomas a repercutir suplementos territoriales. Este derecho se obvió en la orden ministerial correspondiente al año 2013. Tras varias reclamaciones judiciales las comunidades autónomas han obtenido en sentencia firme el derecho al cobro de dichos suplementos. La carta remitida a los clientes por Comercializadora de Eléctrica de Cádiz informa de que en la próxima factura se incluirá el importe correspondiente al citado suplemento autonómico.

Esta orden es de obligado cumplimiento por todas las comercializadoras eléctricas a través de los cálculos facilitados por las empresas distribuidoras, por lo que el cliente actual de Comercializadora Eléctrica de Cádiz, aunque no fuera cliente de la empresa en 2013, recibirá esta orden en su nombre. Eléctrica de Cádiz y el resto de comercializadora actúan de meros recaudadores, debiendo entregar los importes cobrados a las correspondientes comunidades autónomas.

Se trata de un único cargo que se aplicará en la próxima factura, o posterior, tras la recepción del aviso. En el caso de los clientes domésticos, este importe no suele superar la cantidad de un euro.

Los clientes de Comercializadora Eléctrica de Cádiz pueden solicitar información sobre el importe exacto del suplemento territorial que se le aplicará en su factura en el teléfono gratuito de atención al cliente 900 373 411.

¿A QUIÉN AFECTA?

  • A clientes cuyo punto de suministro esté situado en las Comunidades Autónomas afectadas (Andalucía entre otras) que tuvieran contrato de suministro de electricidad en vigor durante el año 2013.
  • Independientemente de la comercializadora con la que tuviera contratado el suministro, si en 2013 estuviera con otra comercializadora el suplemento territorial de 2013 lo facturará la comercializadora actual.
  • Este suplemento no es aplicable a puntos de suministro que hayan tenido un cambio de titularidad o se hayan dado de baja con posterioridad a 31 de diciembre de 2013.

 ¿CÓMO SE FACTURA?

  • La facturación se irá generando a medida que la distribuidora de la zona envíe los importes a facturar a las comercializadoras.
  • Los importes resultantes para cada consumidor que sin incluir impuestos sean inferiores a 2 euros serán cargados en una única factura.
  • Si el importe a facturar fuese superior a 2€ antes de impuestos, se fraccionará el importe en tantas partes iguales superiores a un euro en las facturas que se emitan en el plazo máximo de doce meses a partir de la primera regularización

 CONSULTAS Y RECLAMACIONES

  • Si ha recibido nuestra comunicación anunciando el cargo del suplemento territorial y usted no era el titular de ese punto de suministro en 2013, diríjase a nuestro teléfono gratuito 900  373 411 o al correo electrónico clientes@electricadecadiz.es y comprobaremos su situación a fin de corregir cualquier error.
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